Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales Organización Sindical de Gremio miembro de la CUT y de la FIFPRO

Bogotá
Joined May 2010
𝐈𝐧𝐟𝐨𝐫𝐦𝐞 𝐝𝐞 𝐀𝐂𝐎𝐋𝐅𝐔𝐓𝐏𝐑𝐎 𝐬𝐨𝐛𝐫𝐞 𝐋𝐢𝐠𝐚 𝐅𝐞𝐦𝐞𝐧𝐢𝐧𝐚 𝐁𝐞𝐭𝐏𝐥𝐚𝐲 𝐃𝐢𝐦𝐚𝐲𝐨𝐫 𝟐𝟎𝟐𝟔 🚨Cifras alarmantes que muestran la precarización laboral del certamen en su décima edición, motivada por un reglamento de @Dimayor que exige un mínimo de 15 contratos y permite completar los planteles con futbolistas "aficionadas". 💥 Esta disposición se aplica bajo la abierta permisividad del @MinDeporteCol , violando el Artículo 39 de la Ley 2466 de 2025 (Reforma Laboral), el cual ordena la vinculación obligatoria mediante contrato especial de trabajo para las deportistas profesionales. 📄 Lea y descargue el informe completo aquí: 👉 acolfutpro.org/?p=15011 @MintrabajoCol @nlopezfuentes @MinDeporteCol @juligu0204 @cutcolombia @FIFPRO @FIFProAmerica @FCF_Oficial @CathyJuvinao @OITAndina @ilo @cutcolombia @FIFAcom @jrestrp
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1/8 🚨 Director Daniel García @IDRD: el control político no es arbitrario ni irresponsable. Mi función como concejal de Bogotá es ejercer control sobre su gestión y la del alcalde Carlos Fernando Galán. Por eso, frente a las dudas sobre el contrato de El Campín, solicité su suspensión provisional y la de su equipo directivo. El Código Disciplinario único contempla esta figura cuando se cumplen sus presupuestos legales. Mi cuestionamiento se centra en las garantías de transparencia e independencia de las actuaciones administrativas relacionadas con el estadio. En lugar de descalificar el control político o anunciar denuncias por injuria y calumnia, lo invito a revisar los documentos y responder los cuestionamientos. Mi obligación es investigar, preguntar y defender los intereses de Bogotá. Aquí le respondo punto por punto, con los documentos que sustentan mis cuestionamientos y explican por qué ME SOSTENGO en solicitar su suspensión provisional y la de su equipo directivo. 🧵👇🏼 ABRO HILO.
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Las pruebas
Replying to @IDRD
Durante la jornada, se revisaron las condiciones de la cancha, se conocieron las acciones adelantadas para su mantenimiento y los compromisos asumidos por Sencia para su mejora: ✔️ No realizar eventos culturales hasta el 27 de febrero. ✔️ Continuar con las adecuaciones de la grama, teniendo en cuenta las fuertes lluvias. ✔️ Conformar una mesa técnica con @EquiverColombia, expertos en mantenimiento de campos deportivos. ✔️ Informar de manera permanente a la ciudadanía sobre las intervenciones realizadas. ⚽🏟️💚
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Director García @danielgarciacg : nadie le está pidiendo que se salte el procedimiento, usted se ha quedado es callado. Reconozco que existen etapas contractuales, requerimientos e informes de interventoría que deben respetarse. Mi cuestionamiento es otro: si el IDRD está actuando con la diligencia necesaria frente a los posibles incumplimientos de Sencia. Hay dos asuntos que requieren explicaciones. Primero, los cuestionamientos sobre el estado de la grama y los incumplimientos que señalé desde febrero. Segundo, el tiempo transcurrido entre la suspensión del partido de Once Caldas y Millonarios y el inicio del procedimiento sancionatorio, que se produjo ocho días después. Es importante precisar que iniciar un procedimiento no equivale a imponer una sanción. Precisamente por eso, le pregunto: ¿qué actuaciones se adelantaron durante esos ocho días y qué explica ese plazo? La ciudadanía necesita conocer el fundamento de las decisiones y la trazabilidad de las actuaciones del IDRD.
Director García @danielgarciacg : responder a la Contraloría no equivale a tener un aval sobre la actuación cuestionada. Usted sostiene que el reconocimiento de los costos estaba contemplado desde agosto de 2023 y que el asunto ya fue explicado a la Contraloría de Bogotá. Sin embargo, la documentación publicada en el SECOP sigue siendo objeto de análisis y permite contrastar las condiciones contractuales. Que su entidad haya respondido un requerimiento del organismo de control no significa, por sí solo, que exista un pronunciamiento que avale la legalidad de lo actuado. La pregunta técnica sigue vigente: ¿qué documento demuestra que las modificaciones contractuales y el pago cuestionado se ajustaron a la normativa aplicable? La respuesta debe sustentarse en los actos y documentos correspondientes, no únicamente en afirmar que el asunto ya fue explicado.
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Director García @danielgarciacg : el Otrosí 1 de julio de 2025 está en el centro de las preguntas sobre El Campín. Usted sostiene que el contrato contemplaba desde 2023 un estadio nuevo y que el objeto contractual no cambió. También afirma que las modificaciones cuentan con sustento jurídico, técnico y financiero. Mi cuestionamiento es precisamente si ese sustento satisface las exigencias aplicables. La modificación permitió continuar con un proyecto que el propio alcalde Galán reconoció como inviable en una entrevista con Gustavo Gómez. Posteriormente, los accionistas de Sencia vendieron su participación por cerca de $90.000 millones. Por eso, planteo tres preguntas de fondo: ¿cómo se justificó jurídica, técnica y financieramente la modificación? ¿Y cómo se determinó que transformar una remodelación en la construcción de un estadio nuevo, en una zona completamente diferente sin demoler el anterior, no sustituyó el objeto contratado?; ¿El nuevo alcance aprobado en el Otrosí No. 1 respeta la libre concurrencia y selección objetiva que obliga la contratación estatal? No me corresponde anticipar una decisión judicial de lo que es un debate jurídico. Sin embargo, Me corresponde poner estos hechos ante los organismos de control y las autoridades judiciales competentes.
Director García @danielgarciacg : la existencia de una interventoría no elimina la responsabilidad de supervisión del IDRD. Estoy de acuerdo en que la interventoría es obligatori. Ese no es el centro de mi cuestionamiento. Mi preocupación es que, en la práctica, el IDRD remita las explicaciones sobre asuntos críticos a la interventoría, incluso cuando surgen dudas sobre la grama o sobre la integridad del contrato. No esta bien que la interventoría se encargue de todo el proyecto y el IDRD prácticamente no haga nada. Por eso, la discusión no consiste en desconocer las competencias de la interventoría, sino en establecer cómo ejerce el Instituto sus propias responsabilidades de seguimiento y control. Director, ¿qué verificaciones directas ha realizado el IDRD y cuáles son los fundamentos técnicos y contractuales de sus conclusiones? La supervisión institucional debe permitir respuestas claras, sustentadas y verificables.
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Director García @danielgarciacg : la discusión por los $26.101 millones no es si salieron del Distrito, sino por qué se pagaron. Nunca he afirmado que esos recursos hayan salido directamente del presupuesto distrital. Mi cuestionamiento se fundamenta en el artículo 20 de la Ley 1508 de 2012, que regula el reconocimiento de los costos de estructuración al originador de una APP cuando no resulta seleccionado. La documentación publicada en el SECOP permite contrastar la minuta contractual con el contrato finalmente firmado en junio de 2024. Mi denuncia es que existen diferencias entre ambos documentos que habrían permitido el reconocimiento de $26.101 millones a CDEC S.A.S., vinculada con la estructuración del proyecto.👇🏼
Director Daniel García @danielgarciacg : el control político no es arbitrario ni irresponsable. Mi función como concejal de Bogotá es ejercer control sobre su gestión y la del alcalde Carlos Fernando Galán. Por eso, frente a las dudas sobre el contrato de El Campín, solicité su suspensión provisional y la de su equipo directivo. El Código Disciplinario único contempla esta figura cuando se cumplen sus presupuestos legales. Mi cuestionamiento se centra en las garantías de transparencia e independencia de las actuaciones administrativas relacionadas con el estadio. En lugar de descalificar el control político o anunciar denuncias por injuria y calumnia, lo invito a revisar los documentos y responder los cuestionamientos. Mi obligación es investigar, preguntar y defender los intereses de Bogotá. 👇🏼
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Director García @danielgarciacg : responder a la Contraloría no equivale a tener un aval sobre la actuación cuestionada. Usted sostiene que el reconocimiento de los costos estaba contemplado desde agosto de 2023 y que el asunto ya fue explicado a la Contraloría de Bogotá. Sin embargo, la documentación publicada en el SECOP sigue siendo objeto de análisis y permite contrastar las condiciones contractuales. Que su entidad haya respondido un requerimiento del organismo de control no significa, por sí solo, que exista un pronunciamiento que avale la legalidad de lo actuado. La pregunta técnica sigue vigente: ¿qué documento demuestra que las modificaciones contractuales y el pago cuestionado se ajustaron a la normativa aplicable? La respuesta debe sustentarse en los actos y documentos correspondientes, no únicamente en afirmar que el asunto ya fue explicado.
Director García @danielgarciacg : la discusión por los $26.101 millones no es si salieron del Distrito, sino por qué se pagaron. Nunca he afirmado que esos recursos hayan salido directamente del presupuesto distrital. Mi cuestionamiento se fundamenta en el artículo 20 de la Ley 1508 de 2012, que regula el reconocimiento de los costos de estructuración al originador de una APP cuando no resulta seleccionado. La documentación publicada en el SECOP permite contrastar la minuta contractual con el contrato finalmente firmado en junio de 2024. Mi denuncia es que existen diferencias entre ambos documentos que habrían permitido el reconocimiento de $26.101 millones a CDEC S.A.S., vinculada con la estructuración del proyecto.👇🏼
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Santa Fe, en una dramática serie de penaltis, elimina a Palmeiras y se mete en la semifinal de la Copa Libertadores femenina eltiempo.com/deportes/futbol…
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#Bogotá | Estadio El Campín: concejal revela el negocio de $85.000 millones tras la venta de Sencia (@SenciaBogota ) El concejal Juan David Quintero denunció que los empresarios salientes recibieron casi 90.000 millones de pesos por sus acciones, mientras la gramilla del estadio continúa en grave deterioro Aquí los detalles: 360radio.com.co/bogota/estad…
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#Bogotá | "Le pido al alcalde Carlos Fernando Galán que rompa su silencio y conforme una comisión independiente que garantice la transparencia de las decisiones sobre esta concesión", señaló el concejal Juan David Quintero, por la modificación de la minuta entre la adjudicación y la firma del contrato, que habría habilitado un pago de $26.101 millones en favor de los accionistas del proyecto.
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🤩🏆 ¡Épica en los Cuartos de Final de la CONMEBOL #LibertadoresFEM!
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🏆🔥 ¡Rumbo a las Semifinales! ❤️🤍 ¡@santafeleonas es el primer equipo clasificado a la siguiente fase de la CONMEBOL #LibertadoresFEM! ⚽🚀
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⏱️ A LA SEMIFINAAAALLLLLLLLLL Palmeiras ⚽️⚽️❌❌❌ Santa Fe ⚽️❌⚽️❌⚽️ Cuartos de final - Libertadores Femenina🏆
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⏱️90’ ¡Goooooooollll de Juana Ortegón 🦁! Palmeiras 2-2 Santa Fe 🇮🇩 Cuartos de final - Libertadores Femenina🏆
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Vamos carajo leonas 🦁
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🚨 #Denuncia | El concejal Quintero (@JD_Quinteror) cuestionó a Sencia por una cifra adicional de $26.000 millones que, según afirmó, se habría obtenido en circunstancias extrañas. El señalamiento se suma a los cuestionamientos por US$900.000 relacionados con BTS y $86.000 millones pagados a accionistas. ¿Qué responde la empresa? #MundoPolítico #Bogotá
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