
ALT Captura de pantalla de la portada del artículo en ACME. Abstract: Los comunes urbanos son una forma de conceptualización y (auto)gestión de la producción del espacio que se presenta a sí misma como una alternativa divergente con la concepción jurídico-económica tanto Pública (Interés General del Estado) como Privada (Libre voluntad de las partes en el mercado). El gran auge y mistificación del término ha promovido que se califiquen como comunes urbanos una gran tipo de prácticas urbanas, tanto nuevas como existentes, como por ejemplo las promovidas en Europa bajo la ambigua denominación de “urbanismo participativo”. Manteniendo que existe un antagonismo de base entre el urbanismo participativo y los comunes urbanos, y que “participativo” no es “común”, el presente artículo expone las principales diferencias jurídico-urbanísticas existentes entre los modos Privado, Público y Común de producción del espacio urbano. Ello nos permitirá comparar la concepción del urbanismo participativo...

























